Justificación

La IV Jornada tiene una intensa vocación de continuidad y de especialización respecto a las anteriores jornadas, teniendo en cuenta los cambios legislativos que se van operando principalmente a nivel europeo, ya que la inteligencia artificial está de plena actualidad, dado que tras la publicación del Libro Blanco sobre inteligencia artificial– un enfoque europeo orientado a la excelencia y la confianza, de 2020 (https://ec.europa.eu/info/sites/default/files/commission-white-paper-artificial-intelligence-feb2020_es.pdf) se han publicado nuevas normas, como el Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 300/2008, (UE) nº 167/2013, (UE) nº 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1139 y (UE) 2019/2144 y las Directivas 2014/90/UE, (UE) 2016/797 y (UE) 2020/1828 (Reglamento de Inteligencia Artificial) (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2024-81079 ), así como Reglamento (UE) 2022/1925 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de septiembre de 2022 sobre mercados disputables y equitativos en el sector digital y por el que se modifican las Directivas (UE) 2019/1937 y (UE) 2020/1828 (Reglamento de Mercados Digitales) (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2022-81470 ) y el Reglamento (UE) 2022/2065 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022 relativo a un mercado único de servicios digitales y por el que se modifica la Directiva 2000/31/CE (Reglamento de Servicios Digitales). (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2022-81573 ), así como el Reglamento (UE) 2021/1153 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de julio de 2021 por el que se establece el Mecanismo «Conectar Europa» y se derogan los Reglamentos (UE) nº 1316/2013 y (UE) nº 283/2014 (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-80963), y la Directiva (UE) 2024/2853 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, sobre responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos y por la que se deroga la Directiva 85/374/CEE del Consejo (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2024-81701). A nivel nacional, no podemos obviar la existencia de la Carta de Derechos Digitales del Gobierno de España, de 2021 (https://www.lamoncloa.gob.es/presidente/actividades/Documents/2021/140721-Carta_Derechos_Digitales_RedEs.pdf ). Junto a ello, en materia de accesibilidad no podemos obviar las últimas modificaciones legislativas operadas en nuestro ordenamiento jurídico como la  Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica (BOE núm. 132, de 3 de junio de 2021); la Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación (BOE núm. 78, de 1 de abril de 2022), siguiendo las indicaciones de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) (https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf), ratificada por España el 3 de diciembre de 2007 y que entró en vigor el 3 de mayo de 2008, establece en su artículo 9 que es «obligación de los Estados Partes adoptar las medidas pertinentes para asegurar el acceso de las personas con discapacidad, en igualdad de condiciones con las demás, […] a la información y a las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y las comunicaciones». Estas medidas se aplicarán, entre otras cosas, a «dotar a los edificios y otras instalaciones abiertas al público de señalización en formatos de fácil lectura y comprensión». Igualmente, establece la «obligación de promover otras formas adecuadas de asistencia y apoyo a las personas con discapacidad para asegurar su acceso a la información», o el reciente Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público (BOE núm. 69, de 22 de marzo de 2023), y la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos que incorpora la Directiva (UE) 2019/882 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los requisitos de accesibilidad de los productos y servicios (BOE núm. 110, de 9 de mayo de 2023).

El carácter internacional de la IV Jornada internacional sobre el marco jurídico de la ciencia de datos enfocada a la accesibilidad propicia un intercambio de conocimientos muy fructífero, al estar previsto que participen representantes de Perú, México y España, en el que el marco jurídico de cada país será tratado con gran intensidad.

La oportunidad de realizar una nueva edición, en concreto la IV Jornada, dedicándola a la accesibilidad viene motivada por diversos factores: la existencia de una actividad intensa legislativa a nivel de la Unión Europea, y también las pautas dictadas por la Carta de Derechos Digitales, la necesidad de realizar propuestas para la accesibilidad en el ámbito digital que afecta a diversos ámbitos del conocimiento y las consecuencias jurídicas. De hecho, es precisamente la normativa más reciente la que hace mención de la accesibilidad en el ámbito digital, y que será de objeto de estudio en la mencionada Jornada. Así, por ejemplo, podemos citar, sin ánimo exhaustivo la Estrategia España Digital 2025 https://portal.mineco.gob.es/ca-es/ministerio/estrategias/Pagines/00_Espana_Digital.aspx ), empleando que menciona como una de las medidas la conectividad digital, para garantizar la misma adecuada para toda la población y promoviendo la desaparición de la brecha digital, o las mencionadas Ley 8/2021 y Ley 6/2022 sobre accesibilidad, centrándose la última norma en la accesibilidad cognitiva, que resulta la gran olvidada.

Este corpus referido a la accesibilidad propicia que se preste especial atención a diversos ámbitos y desde distintas perspectivas, en las que las tecnologías de la información y comunicación (TICs) se van a aplicar, y la importancia del análisis de propuestas de mejoras para la accesibilidad en el ámbito digital y de la ciencia de datos.